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Cronología del bloqueo







                 







Por: Angélica Paredes López




1959




  • 11 de junio de 1959: En el contexto de la
    aplicación de la Ley de Reforma Agraria decretada en mayo de 1959,
    EE.UU. amenazó con la reducción de la cuota azucarera, la prohibición de
    inversión privada norteamericana y la eliminación de todo tipo de ayuda
    económica, si eran nacionalizadas propiedades norteamericanas sin una
    rápida compensación.

     

  • 13 de noviembre de 1959: Como parte de una serie
    de maniobras encaminadas a obstaculizar la adquisición por parte de Cuba
    de las armas necesarias para su defensa frente a las actividades de los
    contrarrevolucionarios y las incursiones aéreas piratas, el gobierno de
    Estados Unidos presionó al gobierno del Reino Unido con el objeto de
    impedir la venta a Cuba de 15 aviones de combate.

     


1960




  • 26 de mayo de 1960: La Embajada de los Estados
    Unidos en La Habana emitió una nota en la que informa que la Ley de
    Seguridad Mutua de 1960 establece que no se dará asistencia a Cuba a
    menos que el Presidente determine que es de interés nacional y
    hemisférico de los Estados Unidos.

     

  • 29 de junio de 1960: Las firmas estadounidenses
    TEXACO, ESSO y SHELL, tradicionales suministradoras de petróleo a Cuba,
    interrumpieron el suministro del producto y se negaron a procesar el
    crudo adquirido en la URSS, como resultado de las presiones ejercidas
    por el gobierno de los Estados Unidos.

     

  • 6 de julio de 1960: Se aprobó la Ley Pública
    86-592 que enmendó la Sección 408 de la Ley Azucarera de 1948 y autorizó
    al Presidente de los Estados Unidos a determinar la cuota azucarera
    cubana para el resto de 1960 y el primer trimestre de 1961, sobre la
    base del interés nacional y con independencia de cualquier otra
    disposición en cuanto a cuotas. (74 Stat. 330).



    Basándose en la autoridad conferida por la Ley Azucarera de 1948, como
    fuera enmendada, el Presidente Eisenhower fijó la cuota azucarera de
    Cuba para el año 1960 en 39 mil 752 toneladas cortas, más el azúcar
    certificada para su entrada antes del 3 de julio de 1960, que no hubiera
    entrado aún, o estuviera almacenada para el consumo.



    Tal medida, dictada por la Proclama Presidencial 3355 (25 FR 6414)
    implicó la reducción en 700 mil toneladas cortas de la cuota original de
    3 millones 119 mil 655 toneladas cortas; cifra que significó el 95% del
    remanente del tonelaje a exportar a Estados Unidos ese año, y redujo en
    la práctica a cero dichas importaciones. Una partida de 2 379 903
    toneladas cortas, valor bruto, había sido certificada conforme a las
    regulaciones emitidas por el Secretario de Agricultura. (7 CFR 817).

     

  • 2 de septiembre de 1960: El Departamento de
    Comercio promulgó un decreto que elimina las licencias generales para la
    exportación a Cuba, a ciertos vehículos automotores y sus partes
    funcionales, para los cuales impuso se requirieran licencias validadas.
    (25 FR 8638).

     

  • 7 de septiembre de 1960: El Departamento del
    Tesoro, a fin de facilitar la ejecución de las regulaciones de
    exportación del Departamento de Comercio, emitió una disposición que
    incluyó a Cuba en una lista de países con destino a los cuales no se
    despacharían aduanalmente los navíos hasta tanto se presentaran
    completas las guías de carga exportada y todas las declaraciones de
    exportación requeridas.

     

  • 29 de septiembre de 1960: El gobierno de Estados
    Unidos notificó al gobierno de Cuba su decisión de suspender las
    operaciones de la planta de concentración de níquel en Nicaro, que era
    de propiedad norteamericana.

     

  • 30 de septiembre de 1960: El Departamento de
    Estado anunció haber recomendado a los ciudadanos estadounidenses
    "abstenerse de viajar a Cuba a no ser que haya razones apremiantes para
    hacerlo".

     

  • 20 de octubre de 1960: El Departamento de Comercio
    enmendó las Regulaciones de Exportación, y dispuso controles estrictos y
    totales que establecieran la prohibición sobre las exportaciones a
    Cuba, excepto para ciertos alimentos no subsidiarios, medicinas y
    suministros médicos especificados. (25 FR 10006).

     

  • Noviembre 60: Se enmiendan las Regulaciones del
    Departamento Postal (25 FR 10991) y se implantan las primeras medidas
    restrictivas en cuanto al servicio postal desde Estados Unidos hacia
    Cuba, al situar a Cuba entre los países hacia los cuales las
    exportaciones desde Estados Unidos tienen impuestas restricciones
    particulares. A partir de la promulgación de esta disposición se
    requiere de una licencia general para regalos, incluidos como tales
    alimentos, ropas, medicinas y fármacos.

     

  • 16 de diciembre de 1960: De acuerdo con las
    facultades conferidas por la Ley Azucarera de 1948 el Presidente
    estadounidense emitió la Proclama Presidencial 3383 (25 FR 13131) que
    redujo a cero la cuota azucarera cubana para el primer trimestre de
    1961.


Bloqueo de EE.UU. vs Cuba: intento de asfixiar a la familia cubana



1961





  • 3 de enero de 1961: El gobierno de los Estados Unidos anunció el rompimiento de sus relaciones diplomáticas y consulares con el gobierno de Cuba.

     

  • 16 de enero de 1961: En el comunicado de Prensa
    No. 2491 el Departamento de Estado anunció que debido al rompimiento de
    relaciones diplomáticas y dada su incapacidad de extender servicios de
    protección normales a estadounidenses que visitaran Cuba, los ciudadanos
    que desearan realizar tal viaje, deberían obtener pasaportes
    específicamente endosados por el Departamento de Estado. Se comunicó que
    todos los pasaportes pendientes, excepto los de aquellos ciudadanos
    estadounidenses que quedaban en Cuba, estaban siendo declarados
    invalidados para viajar a Cuba, a menos que específicamente fuesen
    endosados para tal fin.



    Se exceptuaron de estas regulaciones a las personas cuyo viaje pudiera
    ser considerado en el mejor interés de los Estados Unidos, tales como
    periodistas o comerciantes con intereses de negocios previamente
    establecidos. Se indicó que esta acción había sido tomada de conformidad
    con la práctica normal del Departamento de Estado de limitar los viajes
    hacia aquellos países con los cuales los Estados Unidos no mantienen
    relaciones diplomáticas.

     

  • 15 de febrero de 1961: El Presidente Kennedy, en
    un Memorándum dirigido al Ayudante Especial para Asuntos de Seguridad
    Nacional McGeorge Bundy, solicitó conocer si "ahorraría valiosos dólares
    en reservas de oro" y también "haría las cosas más difíciles para
    Castro" si los Estados Unidos interrumpieran las compras de tabaco,
    vegetales, frutas y otros bienes de Cuba. (Memorándum a McGeorge Bundy,
    Ayudante Especial para Asuntos de Seguridad Nacional, de la Casa Blanca
    de febrero 15, 1961, NSA).

     

  • 23 de febrero de 1961: El Departamento de Comercio
    enmendó las Regulaciones de Exportación, y dispuso que no se podrían
    efectuar exportaciones a Cuba bajo licencia general. (26 FR 2311).

     

  • 24 de febrero de 1961: El Secretario de Estado
    Dean Rusk envió un Memorándum a la Casa Blanca para favorecer un
    “embargo” sobre Cuba. Indicó que los cortes en las importaciones podrían
    exacerbar la ya precipitada posición de las reservas externas de Cuba y
    que valdrían la pena cualesquiera consecuencias regionales adversas.
    (Morris Morley, P. las).

     

  • 2 de marzo de 1961: El gobierno de los Estados
    Unidos anunció estar considerando, en el caso de Cuba, la aplicación de
    la Ley de Comercio con el Enemigo.

     

  • 10 de marzo de 1961: El Departamento de Comercio
    enmendó las Regulaciones de Exportación, incluido un listado de
    productos alimenticios y medicinales que requieren de licencia general
    para su exportación a Cuba. (26 FR 2310).

     

  • 31 de marzo de 1961: Se aprobó la Ley Pública
    87-15 para enmendar la Sección 408 de la Ley Azucarera de 1948, y se
    extendió la autoridad presidencial para establecer la cuota azucarera
    cubana hasta junio 30 de 1962; asimismo se estableció que los
    suministros de azúcar no se adquiriesen en ningún país con el cual los
    Estados Unidos no tuvieran relaciones diplomáticas (75 Stat. 40). (El
    rompimiento de las relaciones diplomáticas con Cuba había tenido lugar
    el 3 de enero de 1961).

     

  • 31 de marzo de 1961: De acuerdo con lo estipulado
    por la Ley Azucarera de 1948, como fuera enmendada en esta fecha, el
    Presidente estadounidense emitió la Proclama Presidencial 3401 y
    determinó que por razones de interés nacional, para 1961, la cantidad de
    cuotas azúcar para Cuba sería cero.

     

  • 13 de mayo de 1961: Charles Bowles, Secretario
    Interino del Presidente, escribió un Memorándum para que el Presidente
    Kennedy determinara la posibilidad de aplicar a Cuba la Ley de
    Asistencia para la Defensa Mutua, conocida como Battle Act. Sus términos
    establecen que será posible aplicarla a cualquier nación que amenace la
    seguridad de Estados Unidos; y su aplicación requeriría que éste
    informe a los países receptores de ayuda externa, sobre la inclusión de
    Cuba en la Ley y les solicite su cooperación para extender un embargo
    sobre los embarques de armas y materiales estratégicos a Cuba; al tiempo
    que establecía como obligatorio el corte de toda la ayuda externa a
    cualquier país que conociendo estas disposiciones, no cooperase.

     

  • 4 de septiembre de 1961: El Congreso de Estados
    Unidos aprobó la Ley de Ayuda Externa de 1961 (75 Stat. 444; 22 USC
    2370), la que en su Sección 620 (a) prohibió todo tipo de asistencia al
    gobierno de Cuba y como medio de instrumentar y llevar a efecto tal
    política, autorizó al Presidente estadounidense a establecer y mantener
    un embargo total sobre todo el comercio entre los Estados Unidos y Cuba.
    En la Sub sección b) se prohibió la asistencia al gobierno de cualquier
    país a menos que el Presidente determine que no esté dominado o
    controlado por el movimiento comunista internacional. La Sub sección c)
    prohibió la asistencia a cualquier país que esté en deuda con cualquier
    ciudadano de Estados Unidos por concepto de bienes o servicios ofrecidos
    cuando dicho ciudadano haya agotado todos los medios legales
    disponibles y la deuda no sea denegada o controvertida por ese gobierno.

     

  • 1 de diciembre de 1961: Bajo la autoridad
    conferida por la Ley Azucarera de 1948, tal como fuera enmendada, el
    Presidente estadounidense emitió la Proclama Presidencial 3440 (26 FR
    11714), y determinó en interés nacional establecer en cero la cuota
    azucarera cubana hasta el 30 de junio de 1962.

     

  • 21 de diciembre de 1961: La Administración
    Kennedy, en un esfuerzo por reforzar más el embargo a Cuba, prohibió por
    90 días las exportaciones de ciertos negocios e individuos desde
    Estados Unidos. El Departamento de Comercio requirió de los productores y
    suministradores de Estados Unidos tradicionalmente involucrados en el
    comercio con Cuba, preguntar a los clientes sobre el destino de los
    productos comprados, y comunicar a la Agencia las “transacciones
    dudosas”. (New York Times, 12.21.61).



    Debido a que las corporaciones de los Estados Unidos reportaban
    inusualmente grandes solicitudes de terceras partes para bienes
    conocidos como necesarios en Cuba, Washington estaba preparado para
    subsidiar, donde fuera posible, las pérdidas ocurridas en empresas
    forzadas a terminar su comercio con Cuba. Por ejemplo, cuando las mieles
    fueron incluidas en el embargo, la Publicker Chemical Corporation
    necesitó un mercado alternativo. El gobierno de los Estados Unidos
    acordó vender excedentes de maíz a la Corporación “como una pérdida en
    sustitución de las mieles en la producción de alcohol industrial”.
    (Morris Morley, Imperial State and Revolution: The United States and
    Cuba, 1952-1986, Cambridge University Press, Cambridge, 1987).


1962




  • 3 de febrero de 1962: Bajo la autoridad legal de
    la Sección 620 (a) de la Ley de Ayuda Externa de 1961, el Presidente
    John F. Kennedy decretó la Proclama Presidencial 3447 (27 FR 1085) que
    impuso el bloqueo sobre el comercio entre Estados Unidos y Cuba; encargó
    al Secretario del Tesoro ponerlo en práctica con respecto a las
    importaciones, y al Secretario de Comercio continuar el “embargo”
    previamente impuesto sobre las exportaciones. Los Secretarios de
    Comercio y del Tesoro fueron autorizados también a administrar y
    modificar el bloqueo. La Proclama 3447 entró en vigor el 7 de febrero.

     

  • 6 de febrero de 1962: El Departamento del Tesoro
    promulgó las Regulaciones para las Importaciones Cubanas (27 FR 1116),
    que prohibieron la importación por Estados Unidos de toda mercadería de
    origen cubano. De acuerdo con las disposiciones emitidas, los embargos
    establecen que todos los artículos a transacciones embargadas estén
    sujetos de aprobación previa de una licencia específica para cada
    transacción, que puede ser o no otorgada. En el caso de Cuba, la
    política general fue denegar tal aprobación.

     

  • 7 de febrero de 1962: Entra en vigor el bloqueo total de Estados Unidos contra Cuba.


Bloqueo de EE.UU. vs Cuba: intento de asfixiar a la familia cubana

 




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